29. Abril 2024

ELS MAGISTRATS ES POSICIONEN CONTRA LA LLEI DE RUPTURA AMB ESPANYA

Comunicado de las asociaciones judiciales con ocasión de las leyes de ruptura de la convivencia

Los grupos parlamentarios que apoyan al Govern de la Generalitat de Catalunya han presentado recientemente dos propuestas de Ley: “Proposició de llei del referèndum d’autodeterminació” y “Proposició de llei de transitorietat jurídica i fundacional de la república”. Pues bien, como representantes de nuestras correspondientes secciones queremos expresar públicamente la postura de nuestras asociaciones judiciales en Catalunya.

Hemos de reconocer que estamos ante un grave conflicto político, cuya solución no corresponde a los tribunales de justicia, como recordó el Tribunal Constitucional en su sentencia 42/2014, de 25 de marzo (FJ 4 b). Pero desde nuestra posición institucional y asociativa, vemos con especial preocupación la deriva del bloque independentista, que declara abiertamente su intención de subvertir el orden constitucional en Catalunya, arguyendo una falsa legitimación democrática. En este sentido nuestro Tribunal Constitucional ha declarado que (STC 259/2015, de 2 de diciembre, FJ 5): “En el Estado social y democrático de Derecho configurado por la Constitución de 1978 no cabe contraponer legitimidad democrática de un cuerpo legislativo (el Parlament de Catalunya) y legalidad constitucional, en detrimento de la segunda: la legitimidad de una actuación o política del poder público consiste básicamente en su conformidad a la Constitución y al ordenamiento jurídico.

Estas dos propuestas de Ley se sitúan fuera del marco constitucional, ya que “la Cámara autonómica no puede erigirse en fuente de legitimidad jurídica y política, hasta arrogarse la potestad de vulnerar el orden constitucional que sustenta su propia autoridad” (de nuevo en la STC 259/2015, de 2 de diciembre, FJ 7).

Caso de aprobarse esas dos Propuestas, supuesto desgraciada e indudablemente previsible, con la misma seguridad serán impugnadas deforma inmediata por el Gobierno de la Nación ante el Tribunal Constitucional.
De esta forma su eficacia quedará automáticamente suspendida, conforme a lo dispuesto en el art. 161.2 CE. Por lo tanto, nuestra obligación como jueces y magistrados será no aplicar ninguna de esas normas, así como ninguna disposición o resolución administrativa que derive de ellas.

Los Jueces estamos sometidos al imperio de la Ley y nos hemos comprometido solemnemente no solo a cumplir sino a hacer cumplir la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, administrando recta e imparcial justicia. La gravedad de la situación nos obliga a actuar con singular serenidad y prudencia. Sinceramente, nunca creímos que la historia pondría a prueba el valor de nuestro compromiso, pero llegado el momento, que nadie dude de nuestra inquebrantable fidelidad a la Constitución.

Firmado
Luis Rodriguez Vega, Magistrado, Presidente de la sección territorial de Catalunya, Asociación Profesional de la Magistratura.
Eva Atarés García, Magistrada, Portavoz de la sección territorial de Catalunya, Asociación Francisco de Vitoria
Zita Hernández Larrañaga, Portavoz de la sección territorial de Catalunya Foro Judicial Independiente

 

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0 comments

  • hola

    6 Setembre, 2017 at 3:28 pm

    logico

    Reply

  • ariadna

    7 Setembre, 2017 at 12:21 pm

    Los jueces y fiscales estan sometidos al imperio de la Ley, y la Ley del referendum es una Ley aprobada por mayoria absoluta en Catalunya por un Parlamento elegido democráticamente. El hecho que digan publicamente que no la van a aplicar supone un acto de prevaricación. Cuidado con sus comunicados. O es que no aplican otras leyes aprobadas en el Parlament de Catalunya? que yo sepa constantemente están aplicando derecho Catalán. Ustedes deben aplicar la Ley y es el pueblo el que tiene la capacidad de hacer cambiar las leyes. Donde está la imparcialidad del poder judicial y la separación de poderes??? no estamos en un estado de derecho con un poder judicial imparcial? Por favor un poco de dignidad profesional.

    Reply

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