30. Abril 2024

Conoce todas las medidas de seguridad tras el estado de alarma

REDACCIÓ8 Juny, 20200

 El plan de desescalada del Gobierno de España va llegando a su fin. El avance de las diferentes provincias españolas a las últimas fases del desconfinamiento ya albergan la llegada a la ‘nueva normalidad’, previsiblemente el próximo 21 de junio, si todo sigue según lo previsto y desde Sanidad Pública y el Ministerio de Sanidad dan su aprobación.

El Gobierno trabaja en la ‘nueva normalidad’

El ejecutivo de Pedro Sánchez ya está trabajando para llevar a cabo un nuevo decreto que regulará las medidas de prevención, contención y coordinación para controlar el coronavirus, una vez acabe el estado de alarma. A continuación, des de la repúblicacheca.cat te damos todos los detalles del nuevo decreto de la ‘nueva normalidad’.

La mascarilla será obligatoria
En primer lugar, el uso de la mascarilla será obligatorio para los mayores de seis años en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes, siempre que no sea posible garantizar una distancia física entre personas de entre 1,5 y 2 metros. Las autoridades nos podrán sancionar con multas de hasta 100 euros si no hacemos uso de la misma.

El uso de la mascarilla, obligatorio

Todos los centros de trabajo deberán adoptar medidas de limpieza y desinfección y proporcionar a los trabajadores equipos de protección, jabón o geles hidroalcohólicos. Estas medidas afectan también a los centros docentes, establecimientos comerciales, centros residenciales de carácter social y a las actividades de hostelería y restauración.

Los centros de mayores deberán presentar un plan específico de contingencia por COVID-19 orientado a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores y sus contactos, a la notificación inmediata y a la activación, en su caso, de los procedimientos internos y de coordinación con el sistema sanitario que corresponda.

Se regulará el transporte público

Se regulará el transporte público
Las empresas operadoras de transporte deberán regular la oferta de plazas y la ocupación en los servicios de transporte público de viajeros por vía marítima, por ferrocarril y por carretera, de competencia estatal. En el transporte con número de asiento pre asignado se deberá conservar la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas.

En el transporte marítimo, se habilita al Director General de la Marina Mercante para ordenar, a propuesta del Ministerio de Sanidad, la adopción de medidas sanitarias para el control de los pasajeros de buques, incluidos los de tipo crucero, que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial con objeto de entrar en puertos españoles.

Los productos esenciales estaran garantizados

Garantizar el suministro de productos esenciales
Los fabricantes y comercializadores de los medicamentos considerados esenciales para la gestión sanitaria del COVID-19 tendrán que seguir informando del stock disponible, la cantidad suministrada en la última semana y la previsión de liberación y recepción de lotes, incluyendo las fechas y cantidades estimadas.

Deberán garantizar el abastecimiento, incluidos los periodos vacacionales y fines de semanas, con una distribución capaz de cubrir el consumo con la agilidad necesaria. También deberá quedar garantizada la fabricación y puesta a disposición de mascarillas quirúrgicas, batas quirúrgicas, soluciones y geles hidroalcohólicos y antisépticos de piel sana para atender el considerable volumen de demanda existente.

Una prueba PCR en un CAP de Tortosa

Detección precoz y vigilancia del virus
Los servicios de salud de las comunidades autónomas tendrán que garantizar en todos los niveles de la asistencia y, en especial, en la atención primaria, que a todo caso sospechoso de COVID-19 se le realizará una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas.

Los laboratorios, públicos y privados autorizados para la realización de pruebas diagnósticas deberán remitir diariamente al Ministerio de Sanidad los datos de todas las pruebas realizadas.

Las comunidades autónomas deberán garantizar las capacidades del sistema sanitario en materia de recursos humanos y elaborar planes de contingencia que permitan contar en un plazo de máximo de cinco días de entre 1,5 y 2 camas de cuidados intensivos y de entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes.

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