19. Maig 2024

Arxius de Nacionalidad española | Diari La República Checa

REDACCIÓ6 Juny, 2021

El Código Civil explica en su artículo 22 que la adquisición de nacionalidad  española por residencia exige que el interesado acredite el cumplimiento de  estos tres requisitos básicos: buena conducta cívica, suficiente grado de  integración en la sociedad española y haber residido en España de forma legal  y continuada por un plazo de tiempo, inmediatamente anterior a la solicitud que  varía según los casos. 

El tiempo de residencia exigido varía según algunos supuestos. Para los  nacidos en España; para los que hayan contraído matrimonio con un español o  española sin haberse separado; para los hijos o nietos de españoles de origen;  para viudos o viudas de española o español siempre que a la muerte del  cónyuge no existiera separación legal o de hecho; y para los que no hubieran  ejercido la facultad de optar se exige un año. Para los nacionales de origen de  países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, y  sefardíes, dos años. Para los que hayan obtenido la condición de refugiados, cinco años. Para el resto, diez años. 

Desde el año 2015, la forma de acreditar el grado suficiente de integración  consiste en la superación de dos pruebas, ambas diseñadas y administradas  por el Instituto Cervantes. Por una parte, la obtención de un diploma español  como lengua extranjera de nivel A2 o superior; por otra, un examen que  valora el conocimiento de la Constitución española y de la realidad social y  cultural española.

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