19. Abril 2024

La DGT bajará las edades para obtener el carné de conducir

La Subdirectora General de Formación y Educación Vial de la DGT, María José Aparicio, ha anunciado durante el seminario online de “Transporte y Logística” organizado por la Fundación Corell que dentro de unas semanas se hará efectiva la aprobación de la reforma de las edades para la obtención de los permisos de conducción profesionales.

El sector de los transportes llevaba mucho tiempo luchando para que se atendieran sus necesidades y así ha sido. La falta de conductores profesionales en las carreteras españolas es un hecho y por ello, la Dirección General de Tráfico ha aprobado esta medida que seguro aliviará esta cuestión en los próximos meses.

La reforma que ha llevado a cabo la DGT trae numerosos e importantes cambios en los permisos de conducción existentes:

  • Permiso C y C+D. La edad mínima será 18 años cumplidos, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP), obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
  • Permiso D1 y D1+E. La edad mínima será 18 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria. La única excepción es que sólo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.
  • Permiso D y D+E: La edad mínima será de 21 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

La edad mínima también será de 21 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada y se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 kilómetros.

Por otro lado, la edad mínima será de 23 años cumplidos si lo han obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial acelerada. Dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos, se podrá conducir a las siguientes edades:

  • 20 años cumplidos para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
  • 18 años cumplidos en caso de que se conduzcan estos vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 kilómetros, para los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) que lo hayan obtenido realizando la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

Esta información ha quedado recogida en los informes ofrecidos por la Dirección General de Tráfico. Para más información sobre estas medidas, los interesados deberán visitar la web.

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