20. Abril 2024

Estas són las medidas que entraran en vigor el viernes

REDACCIÓ3 Juny, 20210

La Generalitat ha aprobado este miércoles nuevas mejoras con respecto a la contención de la epidemia de la COVID-19 que entrarán en vigor este viernes 4 de junio. El Procicat ha dado el visto bueno este miércoles en la suavización de algunas restricciones, que permitirá una ampliación de horarios o de aforos en algunos sectores.

  • Se amplía hasta las 01.00 horas el horario de apertura al público de las actividades culturales, deportivas, servicios de restauración, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales anexos a gasolineras. Hasta ahora, el horario de las actividades culturales, deportivas, servicios de restauración, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales anexos a gasolineras era hasta las 24.00 horas.
  • Se exceptúa de la limitación de consumo de alimentos y bebidas en reuniones en los espacios públicos, el consumo que se haga en espacios públicos habilitados, tales como áreas de ocio, de descanso, de picnic y similares. Actualmente, se limitaba el consumo de alimentos y bebidas en las reuniones en espacios públicos (entendiendo como reunión aquellas permitidas con un máximo de 10 personas) y sólo exceptuaban las comidas que se pudieran hacer al aire libre en las salidas escolares, en las actividades de intervención socioeducativa y en las del ocio educativo permitidas. Estas continúan excepcionado y añade las que se hagan en espacios públicos con mobiliario habilitado para este consumo.
  • Se incrementa del 50% al 70% el aforo permitido en los establecimientos y locales comerciales de venta. También en las zonas comunes y de paso de los centros y recintos comerciales.
  • Se permite el acceso y uso de las zonas recreativas, tales como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso de los centros comerciales, galerías comerciales y recintos comerciales. Hasta ahora, este acceso y uso estaba restringido.
  • Podrán abrir los establecimientos de restauración en los locales y espacios donde se desarrollan actividades culturales de artes escénicas y musicales (teatros, cines, auditorios, circos, …) y en los espacios especialmente habilitados para la realización de espectáculos públicos . También lo podrán hacer los que se encuentran en instalaciones y equipamientos deportivos.
  • Se incrementa del 50% al 70% del aforo en los mercados no sedentarios y en las ferias mercados.

Las actividades culturales (artes escénicas y musicales y espectáculos públicos) y las competiciones deportivas, que se desarrollen en todo momento al aire libre, en instalaciones o equipamientos que tengan un aforo autorizado superior a 15.000 personas, podrán tener un número máximo de asistentes del 20% del aforo si se establezcan espacios sectorizados, con control de flujos de acceso y salida, baños y zonas de restauración independientes (no permeables entre sí), con un máximo de 3.000 personas en asientos preasignados. Del mismo modo, será obligatorio prever medidas de circulación de los asistentes que eviten las aglomeraciones en los cruces o puntos de mayor afluencia.

Hasta ahora, el aforo máximo de estas actividades era de 3.000 personas. Se mantiene igual para actividades con un aforo menor a 15.000 personas.

  • Se incrementa del 30% al 50% del aforo en parques, ferias de atracciones y actividades lúdicas en espacios cerrados.
  • Se incrementa al 70% del aforo en los equipamientos cívicos si disponen de condiciones de ventilación reforzadas. En la Resolución SLT / 1587/2021 se preveía la realización de las actividades cívicas y comunitarias grupales en estos centros en grupos máximo de diez personas, y se permitía hasta un aforo del 50% si se cumplían condiciones de ventilación reforzadas.
  • Se incrementa al 70% del aforo en las actividades relacionadas con el juego, con un máximo de 500 personas (hasta 1.000 en condiciones de ventilación reforzadas y medidas de control de aglomeraciones). Actualmente, el aforo máximo de estas actividades era del 30% y el máximo era de 100 personas y hasta 250 con condiciones de ventilación reforzadas y medidas de control de aglomeraciones.
  • Se incrementa del 50% al 70% del aforo en instalaciones y equipamientos deportivos.
  • Se elimina la restricción en el empleo de vehículos de transporte público hasta 9 plazas. Este uso estaba restringido a 6 personas y no se permitía la ocupación del asiento del lado del conductor.

PUBLICITAT




Quins partits governaran a Tarragona?

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Informació bàsica respecte a protecció de dades
Responsable República Checa Press +info...
Finalitat Gestionar y moderar tus comentarios. +info...
Legitimació Consentiment de l'interessat +info...
Destinataris Automattic Inc., EEUU per filtrar spam. +info...
Drets Accedir, rectificar i esborrar les dades, així com altres drets. +info...
Informació addicional Podeu aconseguir més informació sobre protecció de dades a la pàgina de política de privadesa.

Free Download WordPress Themes
Free Download WordPress Themes
Download Nulled WordPress Themes
Download WordPress Themes
udemy paid course free download